El Tribunal Supremo ha dictado recientemente dos Sentencias, el 27 de Enero y el 3 de Febrero, en las cuales,  confirma sendas Sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Oviedo y de Valencia, decretándose la nulidad de la compra de las acciones, por error en el consentimiento, condenándose a Bankia a devolver el importe satisfecho por tales acciones más los intereses desde la fecha de adquisición.

De tal manera, que el Tribunal Supremo viene a avalar las innumerables Sentencias dictadas por Juzgados de Instancia y Audiencias Provinciales de toda España, y abre la vía, para que todos los pequeños inversores que acudieron a la Oferta Pública de Adquisición de Acciones, puedan recuperar el dinero invertido, independientemente de que conserven, o hayan transmitido sus acciones.

Existen unos plazos de prescripción para ejercitar la acción de reclamación contra Bankia, por lo que ahora, los más de 250.000 accionistas que todavía conservan sus acciones, deberán iniciar cuanto antes la vía legal, interponiendo la correspondiente demanda, o pueden ver desestimada la pretensión si se presenta con posterioridad a Mayo de 2016, por prescripción de la acción ejercitada.

 

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EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA LA COMPRA DE ACCIONES EN LA SALIDAD A BOLSA DE BANKIA